El Senado de la República aprobó por unanimidad reformas al Código Penal Federal que incrementan las penas contra el delito de abuso sexual y homologan su persecución en todo el país. Con 97 votos a favor, el dictamen modifica los artículos 260 y 266 Bis, estableciendo que el delito se perseguirá de oficio y ampliando su definición conforme a estándares internacionales.
La nueva redacción considera abuso sexual cualquier acto sin consentimiento de la víctima que implique tocamientos, caricias, roces, la obligación de observar un acto sexual o mostrar el propio cuerpo, incluso sin intención de llegar a la cópula. Además, se precisa que el consentimiento no podrá deducirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física.
Las sanciones contemplan de 3 a 7 años de prisión y multas de 200 a 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). También se prevé la asistencia obligatoria a talleres reeducativos con perspectiva de género y la prestación de servicio social en instituciones públicas o de beneficencia.
En casos agravados, como cuando el delito se cometa con violencia, por varias personas, en lugares solitarios, por servidores públicos, ministros de culto o contra víctimas en estado de embarazo o bajo efectos de sustancias, las penas se elevarán de 4 a 9.3 años de cárcel.
El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.






























